asociarse

¿Cómo asociarse?

La Asociación para el Desarrollo Rural de la Cuenca Minera de  Riotinto, como instrumento para ayudar al desarrollo económico y social de la Cuenca, contempla entre otros mecanismos para la consecución de este amplio objetivo, la posibilidad de incorporar nuevos Socios, que ayuden en el proceso de alcanzar los fines sociales establecidos. En este sentido, el Capítulo II de sus Estatutos Sociales contempla la admisión de nuevos Socios.

 

1º  ¿Quiénes pueden ser Socios de la ADR CUENCA MINERA?

Pueden ser admitidos como Socios de pleno derecho de la Asociación, las siguientes Personas Físicas y Jurídicas:

  1. Las Entidades Locales comprendidas en el ámbito territorial y demás Administraciones Públicas.
  2. Las Personas Físicas o Jurídicas, con plena capacidad de obrar, que tengan domicilio dentro del ámbito territorial y ejerzan una actividad relacionada con el objeto social de la Asociación.
  3. Aquellas Asociaciones, Organizaciones o Colectivos con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas, entre cuyos fines se encuentre algunos de los establecidos en el art. 2 de los Estatutos de la Asociación.

2º  ¿Qué documentación debo presentar?

En primer lugar deberán formular una solicitud de adhesión, según modelo adjunto, donde de forma explícita se acepten los fines de la Asociación (ADR). Esta solicitud deberá ser presentada en el registro de la Asociación, acompañada del resto de la documentación requerida:

Para Entidades Locales y Administraciones Públicas

  1. Solicitud de adhesión.
  2. Acuerdo plenario de adhesión, o en su caso acuerdo del órgano competente.
  3. Poderes de representación o en su caso certificación emitida por el Secretario.
  4. Copia del CIF de la entidad.

Para Personas Jurídicas

  1. Solicitud de adhesión.
  2. Copia del CIF.
  3. Estatutos Sociales o Escrituras de Constitución debidamente registradas.
  4. Poderes del Representante legal o  acreditación de apoderamiento.
  5. Copia del NIF del Representante legal.

Para Personas Físicas

  1. Solicitud de adhesión.
  2. Copia del NIF.
  3. Certificado de empadronamiento.
  4. Escrito motivado del interés que le mueve a pertenecer a la Asociación (ADR)

3º  ¿Cuál es el procedimiento de resolución?

De acuerdo con lo previsto en el art. 7 de los Estatutos Sociales, una vez presentada y revisada toda la documentación requerida, la propuesta será elevada a la Junta Directiva, quien en la siguiente convocatoria decidirá la admisión o no de los nuevos Socios, teniendo en cuenta si los candidatos reúnen o no las condiciones específicas (según tipo de socio).

Una vez tomada la decisión, por la Junta Directiva, o en su caso por la Asamblea General de Socios, la decisión resolutoria le será comunicada por escrito al interesado, en el plazo máximo de 20 días.

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